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Corte de Colombia despenaliza el suicidio medicamente asistido

Corte de Colombia despenaliza el suicidio medicamente asistido

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La justicia despenalizó este jueves el suicidio médicamente asistido en Colombia, el primer país en América Latina donde los doctores podrán ayudar a morir a un enfermo sin ir a la cárcel, según determinó el máximo tribunal constitucional.

A diferencia de la eutanasia, que solo puede aplicar un médico y ya es legal en Colombia, el paciente podrá ahora suministrarse un fármaco letal con la supervisión de un doctor.

“El médico que ayuda a quien padece intensos sufrimientos o grave enfermedad y decide libremente disponer de su propia vida, actúa dentro del marco constitucional”, señaló la corte en un fallo difundido este jueves.

Por una votación de seis a tres, la Corte Constitucional derogó un artículo del código penal que castigaba con 12 a 36 meses de prisión a quien asistiera un suicidio, incluso si la persona que decidía morir estaba enferma.

De acuerdo con la Fundación Derecho a Morir Dignamente (DMD), la diferencia entre la eutanasia -legal en Colombia desde 1997- y el suicidio asistido “es, básicamente, quién administra el fármaco”.

“En el caso de la eutanasia es el personal sanitario quien administra el medicamento que provoca la muerte y en el caso del suicidio asistido es el o la paciente quien se autoadministra el medicamento que otra persona le ha proporcionado”, explica la ONG internacional.

A pesar de ser el único país latinoamericano y uno de los pocos en el mundo en despenalizar la eutanasia, la ley colombiana seguía sancionando a quien inducía o prestaba ayuda a una persona que decidía terminar con su vida.

Con el fallo, “la ayuda al suicidio, cuando es llevado a cambio por un médico y se cumplen unos requisitos estrictos, deja de ser un delito”, resumió en la emisora W Radio el abogado Lucas Correa, del Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Desclab), que impugnó la ley.

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Según el tribunal, esta práctica será permitida solo para personas que bajo “intenso sufrimiento físico o psíquico, proveniente de lesión corporal o enfermedad grave e incurable”, las mismas condiciones vigentes para acceder a la eutanasia, que en principio estaba reservada para pacientes terminales pero fue flexibilizada el año pasado por el mismo tribunal.

Quienes incumplan estos requisitos siguen expuestos a penas de hasta nueve años de prisión.

España, Holanda, Bélgica y Luxemburgo también regulan la eutanasia, mientras que Suiza, Austria, Alemania, Italia, Nueva Zelanda y algunos estados de Estados Unidos y de Australia reglamentan el suicidio asistido bajo diferentes condiciones, según datos de la Fundación DMD.

Redacción

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